Oficina del Registro Civil de Puerto Real, Cádiz

Registro Civil de Puerto Real
En el Registro Civil de Puerto Real, se puede obtener documentos sobre sucesos civiles ocurridos en la ciudad, realizando una solicitud en la oficina, por correo postal y por internet.

El Registro Civil de Puerto Real, Cádiz, se encuentra en la Avenida de la Constitución en esquina con Calle Abeto, sobre la rotonda, como referencia en las cercanías está el Colegio Público Juan XXIII.

Formulario de certificado de nacimiento en Puerto Real

Puede solicitar de forma online su certificado de nacimiento ocurrido en la ciudad de Puerto Real.
Certificado de nacimiento online en éste formulario de solicitud.

Formulario de certificado de matrimonio en Puerto Real

Para solicitar online su certificado de matrimonio si éste se ha celebrado en Puerto Real.
Certificado de matrimonio online en éste formulario de solicitud.

Formulario de certificado de defunción en Puerto Real

Fallecimientos en la ciudad de Puerto Real generan en el Registro Civil la correspondiente inscripción.
Certificado de defunción online en éste formulario de solicitud.
 

Preguntas frecuentes sobre el Registro Civil:

¿Cómo inscribir a un recién nacido en el registro civil?

La ley ordena que todo sujeto sea inscrito en el registro civil desde el momento del nacimiento. La propia inscripción sirve para dar fe sobre el hecho, la hora, la fecha, así como el lugar del nacimiento, sexo y nombre de los progenitores de cara persona.

Lo que realmente se consigue cuando inscribimos a nuestros hijos en el registro civil es darle personalidad jurídica. Será a partir de ese momento cuando se convertirá en ciudadano/a con todos los derechos.

¿Quién debe inscribir al recién nacido en el registro civil?

  • -En el caso de que sea hijo/a de una pareja casada, el registro lo podrá llevar a cabo el padre, la madre, o cualquier otra persona siempre y cuando haya sido autorizada y su edad sea de, al menos, 18 años. En el caso de que la inscripción la haga el padre o la madre, habrá que cumplimentar lo que se conoce cómo orden de transmisión de apellidos.
  • -En el caso de que sea hijo de padres no casados o solteros, podrán inscribirlo los padres conjuntamente, o la madre sola, sin necesidad de que tenga que indicar los datos del padre.

¿Qué hace falta para inscribir al recién nacido en el registro civil?

-Si es hijo de una pareja casada hará falta:

  • ·DNI de los progenitores.
  • ·Libro de familia (o documento equivalente).
  • ·Declaración de quien tenga conocimiento de que se ha producido el nacimiento (puede ser del padre, madre, tíos, abuelos, primos…)
  • ·Informe médico del nacimiento (es un documento que debe de proporcionar el hospital).

-Si no es hijo de una pareja casada necesitaremos:

  • ·DNI de los padres (o sólo de la madre).
  • ·Declaración de progenitores.
  • ·Hay que indicar el estado civil de la madre.
  • ·Si hubiera un matrimonio anterior, tendrá que iniciarse un trámite de “ruptura de presunción legal de paternidad” aportando el certificado de matrimonio.

Hay de plazo para hacer la inscripción 8 días naturales desde el nacimiento (se podría ampliar hasta 30 días en casos excepcionales).

Cita previa en Registro Civil de Puerto Real

Horario de Apertura

Lunes

10 a 12h

Martes

10 a 12h

Miercoles

10 a 12h

Jueves

10 a 12h

Viernes

10 a 12h

Sabado

-

Domingo

-

Dirección

Dirección de Oficina:

Avda. de la Constitución, 11510 Puerto Real, Cádiz

GPS:

36.53325502709991, -6.182424621316613

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